Decálogo para el desarrollo del país a partir de las desregulaciones.
1. Equilibrio macroeconómico.
El equilibrio macroeconómico es condición necesaria pero no suficiente para el desarrollo del país. Para ello deben concurrir el trabajo, esfuerzo de ahorro e inversión y capacidad de innovación que deben poder desarrollarse sin obstáculos ni impedimentos regulatorios que excedan de un control para seguridad de los ciudadanos.
Un plan de estabilización y la recuperación del federalismo fiscal son herramientas que, urgentemente, se deben aplicar. Dentro de dicho plan de estabilización macroeconómica, los sectores deben funcionar totalmente desregulado del intervencionismo estatal, desmonopolizado y donde prime la libre competencia interna y externa, permitiendo erradicar la cronicidad inflacionaria. Para ello es necesario eliminar las cargas tributarias que desincentivan las inversiones y distorsionan los precios y las tarifas. A su vez, deben elaborarse reglas de juego compatibles con la evolución de los mercados internacionales y que propendan a aumentar la libre competencia. Es indispensable volver al federalismo fiscal en materia tributaria, donde las provincias y los municipios se autofinancian con sus propios impuestos.
2.Rol del Estado.
Existe un principio constitucional que indica que toda actividad que no está expresamente prohibida, está permitida. El Estado tiene un rol fundamental en la definición y control de diversas funciones que se concentran en la Seguridad, Justicia, Representación Diplomática, Salud y Convivencia de los ciudadanos.
Las regulaciones deben ser consistentes entre sí, en lo posible coordinadas y organizadas por la menor cantidad posible de entes de regulación y control. Las distintas jurisdicciones (Nación, Provincias y Municipios) deben tener normativas compatibles entre sí, evitando superponer funciones. Las autorizaciones de un ente deben ser aceptadas por otros entes, en lo posible de todos los niveles jurisdiccionales.
Las regulaciones deben ser especificadas antes del inicio de las actividades y con control posterior, de manera de no demorar y encarecer las actividades. Una vez autorizada una actividad, sucesivas regulaciones deben considerar el período de tiempo necesario para implementarlas.
Las nuevas regulaciones sobre actividades existentes deben contar la información y participación de los participantes en el sector (empresas, proveedores, consumidores, etc.). Las sanciones por incumplimiento deben darse en u proceso de transparencia con posibilidad de apelar la restricción, multa o sanción ante organismos independientes.
Deben ser conocidas por todos y de acceso simple, sin necesidad de gestores especializados.
3.Integración con el mundo.
Las regulaciones deben facilitar la integración de Argentina en el Mundo. Si hay regulaciones por parte de un país con quien hay relaciones económicas, las normas deben coordinarse. Eventualmente, pueden adoptarse las normas del país comprador, para agilizar procesos y reducir costos.
En lo posible, un organismo de control argentino debería abocarse a verificar el cumplimiento de normas propias y trasladar la responsabilidad de verificar el cumplimiento de normas de terceros países. Esa responsabilidad debería recaer sobre proveedor y cliente de ambos países.
Los convenios internacionales pueden ser una solución efectiva para evitar duplicación de costos y controles, facilitando el reconocimiento de la normativa de un país por parte del otro.
4.Funciones de Entes u organismos de control.
De acuerdo a Art 1 de nuestra Constitución Nacional, la Nación Argentina adopta la forma de gobierno republicana, representativa y federal. Por ello los organismos de control pueden ser de orden nacional, provincial y/o municipal.
La participación de los representantes de todos los ámbitos afectados por la regulación debería estar garantizada.
Las autoridades de cada jurisdicción que determinan la necesidad de control y las consecuentes regulaciones deben estar conformadas por personas capacitadas en la función, sin interferencias políticas.
Las funciones de los organismos de control están compuestas por el objetivo a lograr, la definición de la materia a regular. Adicionalmente la supervisión o control del cumplimiento de las normas o el poder de policía puede o no estar en el propio ente regulador siguiendo un principio de subsidiariedad. Siempre debe existir una instancia de apelación.
La multiplicidad de organismos con responsabilidades específicas puede implicar superposición de tareas. Deben evitarse una contradicción en las normativas a aplicar.
Las mayores demandas de la sociedad, como controles ambientales o calidad de trabajo pueden ser agregadas a las regulaciones, siempre considerando una relación costo beneficio ya que afecta a toda la sociedad.
Las regulaciones deben estar restringidas a procesos y calidad del producto o servicio, y no deben relacionarse con elementos económicos como precios o cantidades de producto o servicio a brindar.
En todo momento debe mantenerse la perspectiva de procurar la eficacia y eficiencia de los Entes u Organismos de Control y Administración, pero también garantizar los derechos de las personas humanas o jurídicas en sus relaciones con ellas.
Las regulaciones de todo tipo, incluyendo impuestos, tasa y contribuciones, deben tener relación con la materia regulada en cuanto a la importancia y monto, deben ser estables sin variaciones notables que afecten reglas de juego, y deben poder ser modificadas en favor del contribuyente.
Las reglamentaciones no deben ser modificadas en función de las necesidades económicas del ente regulador o de la tesorería del Estado que corresponda, sino que sólo deben ser destinadas a satisfacer necesidades genuinas de mayor control e injerencia estatal.
5. Funcionamiento de Entes u Organismos de Control.
Las autoridades de los organismos de control deben ser designados en base a su idoneidad y experiencia. Deben cumplir con las restricciones e incompatibilidades que se aplican a todo organismo rector. Deben estar sujetos a la Ley de Ética pública.
El personal de los organismos de control debe ser idóneo, y el listado de sus miembros y
remuneraciones debe ser público.
Los organismos de control deben hacer públicos sus presupuestos especificando costos e ingresos. Deben hacer rendición de cuentas anual y tener a disposición sus balances auditados.
El costo de mantenimiento del organismo de control debe ser analizado en cada caso. Puede corresponder a Tesorería General, o financiarse con los recursos propios del sector que administran.
En ningún caso deben ser considerados una fuente de ingresos para el Tesoro.
La generación y aplicación de la regulación debe ser tal que no habilite ni fomente la corrupción, el favoritismo, discrecionalidad, o la falta de transparencia en la regulación, aplicación y control.
La regulación no puede ser causa o medio legal que dé la oportunidad de corrupción y otras desviaciones de la ética en el funcionamiento del sector público y privado.
6.Servicios públicos
La regulación de servicios públicos debe estar concentrada de calidad de servicio, con la posibilidad de otras características como universalidad, costo, en carácter principal o subsidiario.
El ente de control debe introducir competencia entre prestadores de Servicios públicos en todos los casos posibles, independientemente que el prestador sea a su vez un ente estatal o privado.
La regulación debe alcanzar y aplicarse por igual independientemente de la naturaleza pública o privada del prestador.
La relación entre el servicio a prestar y el costo total para los usuarios puede ser supervisada por el ente de control, pero no es el único ni principal elemento, ya que la relación entre precio y calidad debe ser considerada.
Las inversiones necesarias para prestar un servicio son consecuencia de la calidad de servicio buscada. Requerir inversiones sin considerar cuánto y cómo afectan al servicio es solamente un factor de costo adicional que no debería ser parte de la regulación.
7.Servicios de gran importancia comunitaria
Muchos productos y servicios no son servicios públicos, pero tienen gran importancia comunitaria. Ejemplos notables son Salud y Educación, que deben brindarse con los mayores estándares de calidad posible para lograr la mejor calidad de vida y potencial de desarrollo de las personas.
La regulación debería focalizarse en la calidad, frecuencia y disponibilidad de estos servicios, garantizando el acceso permitiendo en todos los casos la mayor libertad posible.
Es esencial el respeto de los Art. 14 y 14bis de la constitución Nacional.
8.Actividad económica pública o privada
Los monopolios otorgados por Estado o generados por la regulación deberían tener límites en el tiempo.
Los contratos del Estado, licitaciones, contrataciones directas, compulsas de precios, etc. deben ser transparentes y sujetos a revisión y control por partes independientes.
Las restricciones de mercado, las concesiones, los permisos, las condiciones y otras habilitaciones para funcionar deben ser reducidas y con el objetivo de permitir la mayor competencia y calidad de productos y servicios.
Dependiendo de la situación, la Salud, Educación y Seguridad de los argentinos posiblemente sea deseable que tengan prioridad respecto a otras actividades o servicios.
9.Innovación e Inversión.
La regulación debe permitir y fomentar la competencia en la mayor medida posible a fin de asegurar la mejor relación calidad precio.
La regulación no debe impedir la innovación y no deben restringir la inversión.
Los adelantes tecnológicos, patentes, modificaciones en procesos y todo otro elemento que conlleve mejoras y posibilidad de desarrollo no deben ser restringidas por regulaciones antiguas o a crearse.
Las regulaciones deben ser revisadas como mínimo en períodos pre determinados para evitar su obsolescencia y adaptarse a las nuevas condiciones imperantes.
Las restricciones a nuevos participantes (impositivas, idoneidad, etc.) deben estar relacionadas con el producto o servicio a brindar y reducirse en la medida de lo posible.
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